Se exceptúa de manera extraordinaria el cumplimiento del inc.b) del artículo 39º del Reglamento del Programa de becas de formación en investigación y docencia para la convocatoria 2005 y se establece que para la presentación a becas de formación en investigación y docencia para estudiantes avanzados en la convocatoria 2005 se deberán haber aprobado al 18 de marzo de 2005 todas las asignaturas del Primer Ciclo Universitario y al menos el número de materias equivalente al establecido para el sexto semestre del Segundo Ciclo Universitario del plan vigente de la carrera que curse el estudiante.