Se aprueban los montos de referencia máximos de recursos no recurrentes que se asignarán para la primera etapa destinados a: financiar las actividades de formación/capacitación, para atender el financiamiento de las asignaciones preferenciales derivadas de la aplicación del Reglamento de reconocimientos y promociones por el desempeño del personal de la UNGS; financiar viajes para participar en congresos, seminarios, o actividades equivalentes, así como para la realización de pasantías o estadías de estudio y/o de trabajo en instituciones localizadas en el exterior o en el interior del país, en el marco de la aplicación del Reglamento de Reconocimientos y promociones; los montos de recursos recurrentes para: financiar promociones del personal de investigación y docencia en el marco de la aplicación del Reglamento de reconocimientos y Promociones del personal.