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Año sabático

El Estatuto de la Universidad Nacional de General Sarmiento instituye el año sabático para los investigadores docentes de carrera académica.

La licencia por año sabático se destinará a efectuar alguna de las siguientes actividades: realizar trabajos científicos de investigación, desarrollo o transferencia que impliquen un aporte significativo a la producción científica y/o académica de su campo disciplinar o temático; estadías de investigación por períodos prolongados en Universidades, Centros de Investigación, o Instituciones de prestigio nacional o internacional; estudios, investigaciones y/o publicaciones específicas que contribuyan al desarrollo del campo científico; o dictar cursos en Universidades, Centros de Investigación o Instituciones con destacado reconocimiento en el ámbito nacional o internacional.

Podrán gozar de la licencia aquellos investigadores docentes de carrera académica de la UNGS que hayan revistado como mínimo seis (6) años como personal concursado en la universidad y que cuenten con una destacada trayectoria académica, así como también una amplia producción científica en su campo disciplinar o temático.

La solicitud de licencia por año sabático deberá presentarse ante el Consejo de Instituto durante el mes de agosto. Los interesados en presentar solicitudes deberán completar el formulario y solicitar el aval de su Consejo de Instituto correspondiente. Todas las solicitudes que cuenten con el aval de su Instituto serán recibidas en la Secretaría de Investigación.

Todas las solicitudes que cuenten con el aval de su Instituto serán recibidas en la Secretaría de Investigación.

Normativa

Formulario

 

Información y asesoramiento
sec_inv@ungs.edu.ar

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