Jueves 18 de junio de 2026
El agua en disputa: un juez bonaerense frena la privatización de AySA y desafía la jurisdicción federal
En este artículo, el ecólogo y urbanista Leonardo Fernández, investigador y docente del Instituto del Conurbano de la UNGS, habla sobre el proceso de privatización de AySA, la empresa pública de agua y saneamiento del AMBA.
El 17 de junio de 2026, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata — juzgado provincial bonaerense —, Mariano López, dictó una medida cautelar que suspende el proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA) hasta tanto se determine y garantice el pasivo ambiental acumulado por la empresa. La resolución fue impulsada por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, a cargo de Guido Lorenzino, que advirtió que el proceso de privatización no contempla elementos básicos para garantizar el acceso al agua, ignora la existencia de pasivos ambientales en territorio bonaerense y reduce las exigencias regulatorias en lugar de reforzarlas.
El juez López avaló ese argumento y fue más lejos. Ordenó a AySA abstenerse de reducir inversiones, flexibilizar estándares de calidad o postergar obras de infraestructura y expansión, y exigió auditorías para evaluar los pasivos ambientales acumulados. Señaló además que el nuevo esquema de privatización no fortalece las obligaciones de garantizar acceso a la cobertura sanitaria, no incrementa los mecanismos de recomposición y prevención y — según informó la Defensoría del Pueblo bonaerense — "tiende a reducir las exigencias regulatorias y postergar obras críticas".
El juez se declaró incompetente para resolver el fondo del litigio por tratarse de materia federal, y remitió las actuaciones a la Cámara Federal de La Plata. Sin embargo, dictó la medida de no innovar de manera excepcional frente a lo que consideró una situación de emergencia: la necesidad de prevenir un daño inminente sobre los recursos hídricos superficiales y subterráneos de la provincia.
El proceso enfrenta así impugnaciones judiciales activas, mientras la constitucionalidad de la Ley Bases N° 27.742 — el marco normativo que declaró a AySA "sujeta a privatización" — sigue sin resolución definitiva por parte de la Corte Suprema.
Cómo se llegó hasta acá
La cadena normativa que habilita la privatización tiene varios eslabones. El DNU 70/23 desreguló amplios sectores de la economía. La Ley Bases N° 27.742 (2024) declaró a AySA "sujeta a privatización" en su artículo 7°. El DNU 493/2025 modificó el marco regulatorio para adecuarlo a la lógica privada — habilitando entre otras cosas el corte del servicio por mora tras 60 días de atraso, atribución vedada desde 2006. El Decreto 494/2025 autorizó la venta del 90% de las acciones del Estado mediante licitación pública, y la Resolución 543/2026 del Ministerio de Economía aprobó los contratos de concesión bajo un esquema de 30 años. En mayo de 2026, el Ministerio de Economía llamó formalmente a licitación.
El antecedente que reactiva el fallo
La discusión sobre la privatización de AySA no puede leerse sin el antecedente de los años noventa. Cuando Aguas Argentinas S.A. gestionó el sistema metropolitano de agua y saneamiento entre 1993 y 2006, concentró la inversión en las áreas de mayor rentabilidad y relegó el saneamiento de los sectores periféricos. Al octavo año de concesión, la cobertura era del 72,3% en agua y del 59,4% en cloacas, contra metas contractuales del 87% y 77% respectivamente.
La reestatización de 2006 y la creación de AySA invirtieron esa lógica: entre 2006 y 2022, la cobertura de agua pasó del 72% al 89,5% en el área histórica, y la cloacal del 59% al 76%. Dos obras emblematizaron ese saldo. El Sistema Riachuelo — 30 km de colectores, planta de pretratamiento en Dock Sud y emisario subfluvial de 12 km bajo el Río de la Plata, la mayor obra de saneamiento de América Latina — amplió la capacidad de disposición final y redujo la presión sobre la cuenca Matanza-Riachuelo. La Planta Potabilizadora Juan Manuel de Rosas, que capta agua del Paraná de las Palmas hacia el norte del conurbano, apunta a sustituir progresivamente la dependencia de acuíferos degradados en los partidos de mayor déficit — un escenario de expansión que la reconfiguración institucional en curso vuelve incierto.
Un balance desde la investigación
En un trabajo reciente sobre el ciclo hidrosocial del AMBA desarrollado en el Instituto del Conurbano, encontramos que el sistema presenta un desbalance hídrico estructural: solo el 45% del agua producida recibe tratamiento, las pérdidas en red superan el 41%, y más de un millón de hogares carecen de agua potable por red. Ese desbalance no responde a falta de recurso — el Río de la Plata provee agua en abundancia — sino a la forma en que el sistema se organiza, distribuye y retorna. Y se distribuye de manera profundamente desigual: los nueve partidos incorporados a AySA entre 2016 y 2018 tienen coberturas de agua del 39,8% y cloacal del 31,4%, mientras que el área histórica alcanza el 89,5% y el 76% respectivamente.
Esa desigualdad no es aleatoria. La geografía del déficit de cobertura se correlaciona con precisión con la geografía de la calidad del recurso: donde no llega la red, la población se abastece de acuíferos comprometidos por la degradación de décadas de pozos ciegos sin regulación. Son los mismos pasivos ambientales que el fallo del juez López exige auditar — y que el pliego de licitación omitía considerar. Sin mecanismos vinculantes de inversión — como los Planes de Mejora que el DNU 493/2025 reemplazó por un plan no vinculante — esa doble brecha no se cierra: se profundiza. La experiencia de los noventa ya lo demostró.
Lo que sigue
La cautelar es un freno provisorio. Lo que viene — la decisión de la Cámara Federal, el eventual avance del proceso de licitación, los posibles recursos del Gobierno — definirá si la privatización se concreta, se reformula o se detiene. Pero más allá del expediente, lo que el fallo pone sobre la mesa es una pregunta que desde el análisis del ciclo hidrosocial del AMBA nos planteamos: ¿puede un sistema metropolitano de agua y saneamiento que sirve a más de 15 millones de personas gestionarse con la lógica de rentabilidad de un operador privado sin mecanismos que obliguen a invertir donde el déficit es mayor y a auditar los pasivos ambientales que el sistema genera? La trayectoria histórica, la evidencia territorial y ahora también la Justicia parecen coincidir en que la respuesta es no.
Por Leonardo Fernández,
director de la licenciatura en Ecología del Instituto del Conurbano de la UNGS.







