Actas del Consejo
Los Consejos de Instituto constituyen el ámbito de elaboración de los planes de investigación y formación, y son responsables de su seguimiento, en el marco de integralidad que asume la Universidad para su desarrollo académico.
Art 37ª del Reglamento de funcionamiento de los Consejos de Instituto:
Las actas tomarán estado público una vez aprobadas por el Consejo de Instituto y protocolizadas por Secretaría.