Institucional

SUDOCU - Procedimientos

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Instructivo para la confección de Resoluciones Rectorales de la UNGS en el SUDOCU

 


Dirección de Protocolización y Digesto


1) La Dirección de Protocolización y Digesto (DPyD) recibe por el SUDOCU el expediente con los antecedentes correspondientes y el Proyecto de Resolución a tramitar.

2) La DPyD crea el documento “Resolución Rectoral” a partir del documento “Proyecto de Resolución” contenido en el expediente, utilizando la herramienta “Copiar”. Para ello debe:

3) Las personas usuarias de la DPyD podrán remitirse el documento “Resolución Rectoral” en estado borrador, a fin de realizar los ajustes e incorporaciones necesarias. Para ello se debe:

Esta misma herramienta se puede utilizar para remitir el documento en estado borrador a personas usuarias de otras unidades, de las que se requiera su revisión o incorporación de modificaciones al documento.

4) Finalizada la edición del documento, el/la Director/a de la DPyD procede a cerrar y enviar a firmar el documento (ver: "Operaciones básicas"). Datos específicos para el cierre del documento:


Rectorado


5) El/La Rector/a controla el documento “Resolución Rectoral” (ver: "Operaciones básicas").

6) Si el/la Rector/a no detecta errores en el documento “Resolución Rectoral” deberá firmarlo mediante el uso de un dispositivo criptográfico avalado (token) (ver: "Operaciones básicas"). Continúa en el punto 8.

Luego de su autorización, si el documento “Resolución Rectoral”, posee visibilidad pública se alojará de manera automática en la bandeja “Documentos Públicos” del Módulo de Gestión y en la carpeta “Resoluciones Rectorales” en el Módulo de Publicación y Digesto (MPD). Si el documento “Resolución Rectoral”, posee visibilidad privada queda disponible en la bandeja de documentos de la Unidad y en la carpeta “Resoluciones Rectorales (públicas y privadas)” en el MPD.

7) Si el/la Rector/a detecta algún error en el documento “Resolución Rectoral” deberá rechazarlo para volver a la etapa de edición (ver: "Operaciones básicas" ). Se retoman las acciones desde el punto 2.


Dirección de Protocolización y Digesto


8) Finalizada la autorización del documento “Resolución Rectoral”, la DPYD procede a su incorporación al expediente digital correspondiente (ver: "Operaciones básicas").

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