Adicional de posgrados
El Ministerio de Educación, mediante Actas firmadas por los representantes del CIN, y los gremios CONADU, FEDUN, FAGDUT, CTERA y UDA, acordó el pago de adicionales remunerativos y no bonificables del 5% para los docentes universitarios que posean títulos de Maestrías y 15% para los Doctorados. Asimismo, según el Acta Paritaria de fecha 5 de abril de 2013 se acordó incluir a los títulos de Especialización para los docentes de Universidades Nacionales, el pago de un adicional remunerativo no bonificable del 2,5%.
Personal alcanzado
El adicional por posgrado está destinado al personal de las Universidades Nacionales que revisten en cargos del escalafón docente, en los niveles de enseñanza universitario y preuniversitario. Se pagará por cada cargo de revista y solamente por un título, no siendo acumulable.
Requisitos que deben cumplir los títulos
Títulos nacionales:
- Deberán estar legalizados por la Universidad otorgante y el Ministerio de Educación de la Nación.
- Serán tomados como válidos los títulos cuyas carreras se encuentren acreditadas por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) y cuenten con Resolución Ministerial que le otorgue reconocimiento oficial y consiguiente validez nacional en los términos del art.41º de la Ley Nº 24.521.
Títulos obtenidos en el extranjero:
- Deberán contar con la legalización de la Universidad extranjera otorgante y apostilla de la Haya o su equivalente. En el caso de que la Universidad pertenezca a un país que no es signatario de la Convención de la Haya, por la Embajada o el Consulado Argentino del país en que se le otorgó el título.
- Deberán contar con la debida acreditación de un organismo equivalente a la CONEAU. En caso de no existir organismo similar, se deberá dejar constancia del cumplimiento de los mecanismos de validación vigentes en el país otorgante del título.
- ¿Cómo solicitar el adicional por título?
Información y asesoramiento en la UNGS: sec_inv@ungs.edu.ar