Institucional

SUDOCU - Procedimientos

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Instructivo para la implementación del circuito de Presentaciones ASVG en el SUDOCU

 


Programa de Políticas de Género


1) El Programa de Políticas de Género (PPG) crea en el SUDOCU el documento “Informe ASVG” (ver: "Operaciones básicas"). Datos específicos para la creación del documento:

Por tratarse de un documento con visibilidad reservada, no aparecerán en los buscadores las relaciones de documentos/expedientes ni de personas, salvo para quienes tengan en el SUDOCU los permisos para acceder documentos o expedientes reservados.

2) Finalizada la carga del informe, el PPG firma el documento “Informe ASVG”. Para ello debe:

Una vez autorizado, el documento “Informe ASVG” queda disponible en la bandeja de documentos de la Unidad y sólo puede ser visualizado por las personas usuarias que en el PPG tengan el permiso para gestionar reservados.

3) Si se trata de una presentación cuyo abordaje es “Consulta, orientación y asesoramiento”, el documento “Informe ASVG” autorizado queda en la bandeja de documentos de la Unidad como memoria de los hechos, para su seguimiento por parte del PPG. (Cierra circuito).

4) Si se trata de una presentación cuyo abordaje es “Denuncia”, debe tomar intervención la Secretaría Legal y Técnica (SLyT). (Continúa circuito).

5) El PPG crea  un trámite reservado. Para ello debe:

El Trámite reservado creado queda alojado en la bandeja de Expedientes / Trámites de la Unidad y sólo puede ser visualizado por las personas usuarias que en el PPG tengan el permiso para gestionar reservados.

6) El PPG incorpora el documento “Informe ASVG” al trámite reservado creado en el punto anterior (ver: "Operaciones básicas").

7) El PPG remite el trámite a la Secretaría Legal y Técnica (SLyT) (ver: "Operaciones básicas").

Por tratarse de un trámite de carácter “reservado” sólo podrán ver su contenido, las personas de la Secretaría Legal y Técnica que tengan permiso para gestionar documentos y expedientes reservados.


Secretaría Legal y Técnica


8) La SLyT recepciona el Trámite. Para ello debe:

9) La SLyT crea un expediente digital reservado (ver: “Operaciones básicas”). Datos específicos para la creación del expediente:

10) La SLyT incorpora el trámite en el expediente digital reservado (ver: Operaciones básicas").

Por tratarse de contenedores de carácter “reservado” sólo podrán realizar estas acciones, las personas de la Secretaría Legal y Técnica que tengan permiso para gestionar reservados.

11) Se continúa con las gestiones legales correspondientes. 

Para los pedidos de información a otras áreas que no necesiten ver el contenido de la presentación, se debe crear un trámite, a fin de no enviar el expediente. En el mismo se solicita la información mediante un documento “Memorándum”. 

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