Instructivo para la implementación del circuito de Presentaciones ASVG en el SUDOCU
Programa de Políticas de Género
1) El Programa de Políticas de Género (PPG) crea en el SUDOCU el documento “Informe ASVG” (ver: "Operaciones básicas"). Datos específicos para la creación del documento:
- Seleccionar el documento “Informe ASVG”. Este documento es de carácter reservado.
- Campo “Título”: completar con el siguiente texto: "Procedimiento de Abordaje, (tipo de presentación y motivo, apellido e inicial de nombre de pila de persona presentante y de persona denunciada o aludida)”.
- Completar el nombre del/de la presentante.
- Completar los campos requeridos del informe.
- Relacionar con otros documentos: seleccionar los documentos relacionados e indicar el tipo de relación.
- Personas y entidades vinculadas: seleccionar la/las persona/s e indicar el tipo de relación.
Por tratarse de un documento con visibilidad reservada, no aparecerán en los buscadores las relaciones de documentos/expedientes ni de personas, salvo para quienes tengan en el SUDOCU los permisos para acceder documentos o expedientes reservados.
- Archivos adjuntos: adjuntar el cuerpo de la denuncia firmada por la persona y el informe de sugerencias de abordaje en formato PDF.
2) Finalizada la carga del informe, el PPG firma el documento “Informe ASVG”. Para ello debe:
- Presionar el botón “Autorizar” que se encuentra en la parte inferior del documento.
Una vez autorizado, el documento “Informe ASVG” queda disponible en la bandeja de documentos de la Unidad y sólo puede ser visualizado por las personas usuarias que en el PPG tengan el permiso para gestionar reservados.
3) Si se trata de una presentación cuyo abordaje es “Consulta, orientación y asesoramiento”, el documento “Informe ASVG” autorizado queda en la bandeja de documentos de la Unidad como memoria de los hechos, para su seguimiento por parte del PPG. (Cierra circuito).
4) Si se trata de una presentación cuyo abordaje es “Denuncia”, debe tomar intervención la Secretaría Legal y Técnica (SLyT). (Continúa circuito).
5) El PPG crea un trámite reservado. Para ello debe:
- Hacer click en “Nuevo documento”.
- Seleccionar el contenedor “Trámite”.
- Seleccionar visibilidad “reservado”.
- Completar el campo “Título” con los datos que hacen referencia a la presentación: "Procedimiento de Abordaje, (tipo de presentación y motivo, apellido e inicial de nombre de pila de persona presentante y de persona denunciada o aludida)".
El Trámite reservado creado queda alojado en la bandeja de Expedientes / Trámites de la Unidad y sólo puede ser visualizado por las personas usuarias que en el PPG tengan el permiso para gestionar reservados.
6) El PPG incorpora el documento “Informe ASVG” al trámite reservado creado en el punto anterior (ver: "Operaciones básicas").
7) El PPG remite el trámite a la Secretaría Legal y Técnica (SLyT) (ver: "Operaciones básicas").
Por tratarse de un trámite de carácter “reservado” sólo podrán ver su contenido, las personas de la Secretaría Legal y Técnica que tengan permiso para gestionar documentos y expedientes reservados.
Secretaría Legal y Técnica
8) La SLyT recepciona el Trámite. Para ello debe:
- Ingresar a la bandeja “Expedientes/Trámites”.
- Seleccionar el trámite.
- Presionar la herramienta “Abrir” para visualizar su contenido.
- Realizar el análisis correspondiente:
- En caso de encuadrar en una tramitación legal continúa en el punto 9.
- En caso de no encuadrarse en una tramitación legal, la SLyT crea, autoriza e incorpora un documento “Memorándum” informando los motivos y se remite el trámite al PPG (ver: "Operaciones básicas").(Cierra circuito).
9) La SLyT crea un expediente digital reservado (ver: “Operaciones básicas”). Datos específicos para la creación del expediente:
- Seleccionar visibilidad “reservado”. Sólo podrán ver los expedientes/trámites reservados en los buscadores quienes tengan permiso para ver documentos y expedientes reservados.
- Completar el Título con los datos que hacen referencia a la presentación: “Procedimiento Género (iniciales de persona denunciada y número de DNI)”.
10) La SLyT incorpora el trámite en el expediente digital reservado (ver: Operaciones básicas").
Por tratarse de contenedores de carácter “reservado” sólo podrán realizar estas acciones, las personas de la Secretaría Legal y Técnica que tengan permiso para gestionar reservados.
11) Se continúa con las gestiones legales correspondientes.
Para los pedidos de información a otras áreas que no necesiten ver el contenido de la presentación, se debe crear un trámite, a fin de no enviar el expediente. En el mismo se solicita la información mediante un documento “Memorándum”.